En el marco de una demanda colectiva, la jueza Liberatori consideró que los legisladores vulneraron derechos de personas con discapacidad.
La Justicia falló a favor de un reclamo colectivo liderado por organizaciones y personas con discapacidad, declarando la nulidad del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires después de casi cinco años de litigio. La sentencia de primera instancia, emitida por la jueza Elena Liberatori, estableció que se vulneró el derecho de participación ciudadana durante el proceso de elaboración de la normativa en la Legislatura.
La demanda fue presentada inicialmente por Eduardo Joly, presidente de Fundación Rumbos, y se sumaron a ella personas con discapacidad, así como diversas organizaciones sociales, ambientales y vecinales.
La jueza Liberatori argumentó en su fallo que durante el proceso legislativo se incumplió con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ya que la audiencia pública se convirtió en un trámite formal sin respuestas satisfactorias por parte de los legisladores a los planteos sustanciales realizados por los actores. En palabras de la magistrada, los legisladores convirtieron una instancia relevante de participación ciudadana en un mero decorado para cumplir un requisito.
Este fallo determinó la nulidad de las leyes 6100 y 6438, que dieron lugar a un nuevo Código de Edificación que, según la Fundación Rumbos, profundizó las condiciones materiales y sociales que generan discapacidad. Se criticó que el nuevo código no innovó en los requisitos de inclusión social de las personas con discapacidad, creó nuevos obstáculos como los microdepartamentos y no estableció controles ciudadanos en la construcción y mantenimiento de veredas, prolongando así condiciones riesgosas para el futuro.
Detalles de un fallo que esperó 5 años
María Rodríguez Romero, integrante de Fundación Rumbos y parte del reclamo colectivo, destacó que la preocupación surgió desde la etapa de borradores del nuevo Código de Edificación. Señaló que este redujo las dimensiones mínimas de las viviendas, permitiendo espacios inaccesibles para personas con discapacidad, como monoambientes de 18 metros cuadrados con baños de dos metros cuadrados en lugar de los cuatro necesarios para ser accesibles.
Los reclamos planteados durante las instancias de participación previas a la sanción del nuevo Código no fueron tenidos en cuenta, lo que motivó el fallo de la jueza Liberatori. Rodríguez Romero lamentó la falta de respuesta del Estado a los requerimientos de las organizaciones y resaltó la importancia de la participación ciudadana en la construcción de políticas públicas.
La relevancia del fallo no se limita al colectivo denunciante, sino que impacta en toda la sociedad, según Rodríguez Romero. La democracia participativa, como elemento definitorio del régimen político de la Ciudad de Buenos Aires, requiere del compromiso de los habitantes y las organizaciones para su efectividad, tal como subrayó la jueza Liberatori.
Desde la sanción del nuevo código en 2018, Rodríguez Romero observa que se sigue construyendo una ciudad expulsiva, donde se permiten viviendas muy pequeñas y no se resuelven las necesidades de las personas con discapacidad en el espacio público. La falta de una real conciencia sobre estas necesidades se refleja en la falta de respuesta a los reclamos planteados en instancias de participación previas.
Fuente: IProfesional
https://www.iprofesional.com/legales/405671-declaran-nulo-el-codigo-de-edificacion-de-caba-tras-reclamo-de-personas-con-discapacidad